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Título Oficial


¿Cómo se solicita la expedición del título?

La solicitud de título debe hacerse a través de la sede electrónica de la Universidad de Zaragoza

Para recoger el Título Oficial de Grado y el Suplemento Europeo al Título (SET) en el Centro Universitario de la Defensa, se deberá solicitar previamente cita previa enviando un mail a miranzo@unizar.es

Para recoger el Título Oficial de Máster y el Suplemento Europeo al Título (SET) en el Centro Universitario de la Defensa, se deberá solicitar previamente cita previa enviando un mail a acacudez@unizar.es

¿Qué son y qué efectos tienen los títulos oficiales?

El título es el documento de carácter oficial acreditativo de la completa superación de estudios oficiales, incluido en su caso el período de prácticas necesario para su obtención, expedido por la autoridad competente de acuerdo con la legislación vigente.

El Gobierno establece las directrices y las condiciones para la obtención de los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional; una vez aprobado el carácter oficial del título, el Rector ordenará publicar el plan de estudios en el Boletín Oficial del Estado y en el diario oficial de la comunidad autónoma.

Desde la implantación de la nueva estructura de enseñanzas universitarias fijada por el Real Decreto 1393/2007, estos títulos tienen la siguiente tipología:

Graduado

Máster Universitario

Doctor

Estos títulos surtirán efectos académicos plenos y habilitarán para el ejercicio profesional, de acuerdo con la normativa vigente. En el caso del título de Doctor habilitarán para la docencia y la investigación.

Los títulos son expedidos, en nombre del Rey, por el Rector de la Universidad en que se hayan concluido los estudios que den derecho a los mismos. En el caso de los títulos de Doctor, por el Rector de la Universidad en que fuese aprobada la tesis.

¿Dónde y cómo se recoge el título?

Una vez que el interesado haya recibido la notificación de disponibilidad del título, podrá retirarlo en la Secretaría de su Centro.

Para su entrega será necesario presentar el DNI, NIE o pasaporte. Deberá ser recogido personalmente; en caso de no ser esto posible, sólo cabe autorizar que lo haga otra persona mediante poder notarial.

El interesado, tras comprobar la corrección de los datos impresos en el título, deberá firmar en el recibí y en el propio título.

En el supuesto de que exista algún error, el propio centro se hará cargo de corregirlo tramitando el correspondiente duplicado. Si el error se derivara de los datos aportados por el interesado, correrá a su cargo el pago de los derechos de expedición del correspondiente duplicado.

Si el alumno reside en localidad distinta a la que radica su Universidad, también puede solicitar la remisión del título a la Delegación del Gobierno (Alta Inspección de Educación), Subdelegación del Gobierno, u Oficina Consular más próxima a su lugar de residencia.

Envío a otras administraciones en España:

El interesado puede enviar una solicitud firmada dirigida al Director del CUD, en la que indique a que Delegación del Gobierno (Alta Inspección de Educación), Subdelegación del Gobierno, u Oficina Consular quiere que se le remita el Titulo. Dicha solicitud se enviara via e-mail a la siguiente dirección: direcud@unizar.es (Títulos de Grado) acacudez@unizar.es (Títulos de Máster)

En esta web se pueden consultar las direcciones de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

Cuando recibamos dicho escrito, el Centro enviará el título y su copia, por correo certificado a la dependencia u organismo correspondiente, acompañados de un oficio de remisión en el que solicitará que le sea devuelta la copia del título una vez firmada por el interesado, como justificante de la entrega del mismo.

El Centro enviará un e-mail al interesado notificándole el envío de su título a la Delegación indicada.

El interesado deberá personarse en la Delegación, debidamente identificado con su DNI, el funcionario le hace entrega de su título y el interesado firma el recibí en la copia.

¿Cuál es el plazo para recoger el título?

La Orden de 8 de julio de 1988, art. 7.1 establece que “transcurridos cinco años contados desde la fecha de su expedición sin que un título haya sido retirado por el interesado, el Rectorado correspondiente, mediante Resolución que deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado, otorgará un plazo de un mes para su retirada, con la advertencia de que el título será anulado y destruido si no se recoge en dicho plazo”

En el caso de haber transcurrido este plazo, se recomienda ponerse en contacto con la Secretaría de su centro para confirmar que el título está disponible para su entrega

Encuesta de satisfacción global con la titulación (es recomendable que se rellene esta encuesta y que se presente el impreso que se obtiene, junto a la solicitud del Título)

Dispone de toda la información en la siguiente dirección

Teléfono dudas solicitudes de títulos: (976) 739579